CONTRATO DE ALUGUER
Entre:
Bag4Days Lda., NIPC 514 160 578, con domicilio social en Rua do Passal 50 2B - 4760 - 268 Ribeirão, en lo sucesivo denominada ARRENDADOR; y
el usuario del sitio web https://www.bag4days.com, en lo sucesivo denominado ARRENDATARIO,
se celebra de buena fe el presente contrato de alquiler de maletas de viaje, que se rige por las cláusulas que figuran en este contrato y por los Términos y Condiciones de uso del sitio web, que forman parte integrante del mismo.
Primera Cláusula
OBJECTO
El objeto del presente contrato es el alquiler por tiempo cierto y determinado de maletas de viaje con candado de seguridad, de propiedad exclusiva del ARRENDADOR, en lo sucesivo denominadas “maleta(s)”. Constituye objeto del presente contrato únicamente el alquiler de la(s) maleta(s) seleccionada(s) por el ARRENDATARIO en el sitio https://www.bag4days.com, de acuerdo con la disponibilidad del ARRENDADOR, con lo dispuesto en el presente contrato de alquiler y en los términos y condiciones de uso del sitio. Los colores de las maletas que figuran en el sitio web son meramente ilustrativos del modelo de la maleta en cuestión, por lo que el alquiler de la maleta en el color seleccionado por el ARRENDATARIO depende de la disponibilidad de dicho color por parte del ARRENDADOR.
Segunda Cláusula
PLAZO
El plazo de duración del alquiler es el definido por el ARRENDATARIO en el momento de la celebración del presente contrato, de acuerdo con las opciones de fechas puestas a disposición por el ARRENDADOR en el sitio. El alquiler de la(s) maleta(s) se celebra por un período mínimo de 4 (cuatro) días y máximo de 60 (sesenta) días. El ARRENDATARIO podrá solicitar por correo electrónico o teléfono al ARRENDADOR la prórroga del plazo de alquiler de la(s) maleta(s), mediante el pago del período de extensión del alquiler y siempre que exista acuerdo expreso por parte del ARRENDADOR. El contrato de alquiler de la(s) maleta(s) deberá celebrarse con una antelación mínima de 4 (cuatro) días hábiles respecto de la fecha prevista de recepción de la(s) maleta(s).
Tercera Cláusula
VALOR
El valor del alquiler de la(s) maleta(s) seleccionada(s) por el ARRENDATARIO se comunica a éste en el momento de la celebración del presente contrato y se calcula de acuerdo con:
(i) el valor de alquiler de la(s) maleta(s);
(ii) el plazo del alquiler;
(iii) el lugar de entrega;
(iv) el lugar de devolución.
Corresponde exclusivamente al ARRENDATARIO la elección de la(s) maleta(s) de acuerdo con su disponibilidad por parte del ARRENDADOR, el plazo de duración del alquiler y el lugar de entrega y recogida. El presente contrato de alquiler se considera celebrado únicamente en el momento del pago del valor íntegro del precio del alquiler de la(s) maleta(s) y del valor de la fianza, a través del medio de pago seleccionado o mediante transferencia bancaria o depósito en la cuenta bancaria indicada por el ARRENDADOR y el envío del correspondiente justificante de transferencia o depósito. A los efectos oportunos, los pagos y transferencias se consideran concluidos una vez liberadas las cantidades por los sistemas de pago puestos a disposición del ARRENDADOR. El valor del alquiler de la(s) maleta(s) indicado por el ARRENDADOR y cobrado al ARRENDATARIO incluye ya el coste de envío y recogida de la(s) maleta(s) en la dirección indicada por el ARRENDATARIO.
Cuarta Cláusula
FIANZA
Tras la celebración del presente contrato, el ARRENDATARIO deberá prestar una fianza en efectivo. Una vez efectuada la recogida de la(s) maleta(s) alquilada(s) al final del plazo del contrato de alquiler, sin que exista daño alguno que exceda el uso normal contratado, el ARRENDADOR procederá a la devolución al ARRENDATARIO de la fianza prestada en el momento de la contratación, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la finalización del contrato y a la devolución de la(s) maleta(s). Hasta que el ARRENDADOR haya recibido la(s) maleta(s), el ARRENDADOR se reserva el derecho de retener la cantidad prestada en concepto de fianza. Si la(s) maleta(s) alquilada(s) no se devuelven al final del contrato de alquiler, el importe prestado como fianza no será devuelto al ARRENDATARIO, sin perjuicio de la obligación del ARRENDATARIO de devolver la(s) maleta(s).
Quinta Cláusula
RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO
Tras la celebración del presente contrato en el proceso de utilización del sitio, el ARRENDATARIO recibirá, en la fecha y en la dirección indicadas, la(s) maleta(s) objeto del presente contrato de alquiler.
A partir de la recepción de la(s) maleta(s), el ARRENDATARIO asume expresamente la responsabilidad por la custodia y el uso prudente de la(s) maleta(s) objeto del presente contrato, asumiendo expresamente la responsabilidad por cualquier pérdida, destrucción y desgaste anormal de la(s) misma(s).
Queda expresamente prohibido al ARRENDATARIO lavar la(s) maleta(s) con agua o cualquier tipo de líquido o producto.
El ARRENDATARIO asume expresamente toda la responsabilidad por la reparación de los daños causados en la(s) maleta(s) objeto del presente contrato, derivados de su mala utilización y que comprometan la estructura de la fibra de policarbonato de las mismas.
Corresponde únicamente al ARRENDADOR, sin posibilidad de contestación por parte del ARRENDATARIO, la verificación de los daños existentes y causados en la(s) maleta(s), así como la conclusión sobre la posibilidad de reparación de la(s) misma(s).
En caso de verificación de los daños a que se refiere el párrafo anterior, el ARRENDATARIO acepta y autoriza expresamente que el ARRENDADOR le cobre directamente el importe de la reparación de los daños.
En caso de daños irreparables, el ARRENDATARIO se compromete a pagar al ARRENDADOR el valor venal de la(s) maleta(s) dañada(s).
La responsabilidad del ARRENDATARIO no incluye los daños verificados en la(s) maleta(s) que resulten del desgaste natural por un uso prudente y responsable de la(s) misma(s) y que afecten a componentes reparables o recuperables, en particular daños en ruedas, asas, varillas, cierres o arañazos.
El ARRENDATARIO asume la responsabilidad total por el reembolso del valor venal de la(s) maleta(s) en caso de hurto o robo durante el periodo de duración del presente contrato.
En caso de hurto o robo, el ARRENDATARIO deberá informar de inmediato al ARRENDADOR y remitir copia de la denuncia presentada ante la autoridad competente, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo cuarto de la Cláusula Cuarta de la versión portuguesa.
En caso de extravío o pérdida por responsabilidad de terceros, en particular compañías aéreas, empresas de handling, empresas de transporte por carretera o marítimo, el ARRENDATARIO deberá remitir copia al ARRENDADOR del formulario de registro de extravío o irregularidades verificado en la(s) maleta(s) presentado a la entidad responsable del extravío, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo cuarto de la Cláusula Cuarta de la versión portuguesa.
Sexta Cláusula
RESPONSABILIDADES DEL ARRENDADOR
El ARRENDADOR es responsable de la entrega y recogida de la(s) maleta(s) en la fecha y dirección indicadas por el ARRENDATARIO en el momento de la celebración del presente contrato.
El ARRENDADOR se compromete a entregar la(s) maleta(s) en perfectas condiciones de utilización en la fecha indicada por el ARRENDATARIO.
En caso de verificarse, en el momento del alquiler, cualquier daño o avería en la(s) maleta(s) objeto del presente contrato, así como suciedad u olores, el ARRENDADOR se compromete a efectuar la sustitución de la(s) maleta(s) en el plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas, de acuerdo con la disponibilidad de la(s) maleta(s) y la conveniencia del ARRENDADOR.
La comunicación de la existencia de cualquier daño, avería, suciedad u olores deberá efectuarse al ARRENDADOR en el momento de la recepción de la(s) maleta(s) por parte del ARRENDATARIO.
La(s) maleta(s) podrá(n) contener arañazos o marcas en la parte exterior sin que ello comprometa su utilización normal ni constituya motivo para su sustitución en los términos del párrafo anterior.
Séptima Cláusula
SUSTITUCIÓN DE LA MALETA ALQUILADA POR UNA MALETA SIMILAR
En caso de indisponibilidad de la maleta específicamente seleccionada por el ARRENDATARIO, en particular por avería, daño, pérdida, extravío, hurto, robo, desgaste anormal o por cualquier otro motivo que impida su utilización en condiciones de seguridad y normal funcionamiento, el ARRENDADOR podrá, en alternativa, poner a disposición del ARRENDATARIO otra maleta de características equivalentes, especialmente en cuanto a la categoría de utilización y capacidad volumétrica aproximada, aunque el modelo, la marca, el diseño, el color u otros atributos estéticos sean diferentes de la maleta inicialmente contratada.
La sustitución a que se refiere el párrafo anterior no confiere al ARRENDATARIO derecho alguno a reducción del precio, indemnización o resolución del contrato, siempre que se asegure una maleta de gama y tamaño similares, apta para cumplir la misma función de transporte de equipaje.
Cuando, por motivos de fuerza mayor o de gestión operativa de la flota, no sea posible poner a disposición una maleta de gama y tamaño similares, el ARRENDADOR podrá proporcionar una maleta de gama superior, sin ningún incremento de precio para el ARRENDATARIO, o, en alternativa, proceder a la cancelación del alquiler con devolución del importe ya pagado, quedando excluida cualquier otra forma de compensación.
Siempre que sea posible, el ARRENDADOR informará previamente al ARRENDATARIO de la necesidad de sustituir la maleta alquilada, por correo electrónico u otro medio de contacto facilitado por éste, considerándose aceptada la sustitución en caso de que el ARRENDATARIO no manifieste oposición expresa hasta el momento de la entrega de la maleta.
Octava Cláusula
ENTREGA
La(s) maleta(s) objeto del presente contrato será(n) entregada(s) al ARRENDATARIO en el lugar indicado por éste, por una empresa transportadora asociada del ARRENDADOR, en perfecto estado de limpieza, higienización, conservación y funcionamiento, hasta las 19:00 horas del día indicado por el ARRENDATARIO en el momento de la celebración del presente contrato.
Es responsabilidad del ARRENDATARIO diligenciar la efectiva recepción de la maleta en el lugar indicado a tal efecto.
Si la entrega de la maleta no pudiera efectuarse en la dirección and fecha indicadas por el ARRENDATARIO, o si el lugar indicado no fuera real o seguro, o estuviera sujeto a condiciones especiales de entrega, el ARRENDADOR podrá cancelar la entrega y el alquiler de la(s) maleta(s), reembolsando los importes entregados por el ARRENDATARIO.
Novena Cláusula
CAMBIO
El ARRENDATARIO podrá solicitar el cambio de la(s) maleta(s) alquilada(s) únicamente si la(s) misma(s) presenta(n) defectos de funcionamiento, daños, suciedad u olores, comprometiéndose el ARRENDADOR a efectuar la sustitución de acuerdo con lo dispuesto en la Sexta y Séptima Cláusulas.
Para proceder al cambio solicitado, el ARRENDATARIO deberá devolver la(s) maleta(s) alquilada(s) al ARRENDADOR en el plazo máximo de 24 horas, excepto fines de semana y festivos, contado desde la fecha de entrega de la(s) maleta(s).
Tras la devolución de la(s) maleta(s), el ARRENDADOR procederá a verificar que la(s) misma(s) no ha(n) sido utilizada(s) por el ARRENDATARIO y la existencia de los defectos de funcionamiento, daños, suciedad u olores alegados, y enviará otra(s) maleta(s) al ARRENDATARIO en el plazo indicado en la Sexta Cláusula.
Décima Cláusula
USO DE LA(S) MALETA(S)
Corresponde al ARRENDATARIO hacer un uso responsable y prudente de la(s) maleta(s), no utilizándola(s) para ningún fin ilegal, ilegítimo o contrario a las buenas costumbres.
La(s) maleta(s) se entrega(n) al ARRENDATARIO completamente vacía(s) e higienizada(s), correspondiendo al ARRENDATARIO devolverla(s) en buen estado de uso y conservación y completamente vacía(s).
Corresponde al ARRENDATARIO comprobar la(s) maleta(s) en el momento de la entrega y comunicar cualquier inconformidad de inmediato al empleado de la empresa transportadora responsable de la entrega.
El ARRENDATARIO asume la responsabilidad por el uso de la(s) maleta(s) desde el momento de la entrega de la(s) misma(s) por parte del transportista, aceptando el estado y las condiciones en que se encuentra(n), sin perjuicio de la posibilidad de solicitar el cambio, en los términos de la Novena Cláusula.
Cualquier indicio de utilización de la(s) maleta(s) por parte del ARRENDATARIO con fines ilegales o ilícitos será comunicado de inmediato por el ARRENDADOR a las autoridades competentes.
Décima Primera Cláusula
DEVOLUCIÓN DE LA MALETA
El ARRENDATARIO se compromete a devolver la(s) maleta(s) alquilada(s) en los términos definidos en el momento de la contratación.
La devolución deberá realizarse directamente a la empresa transportadora asociada del ARRENDADOR en la fecha definida en el momento de la contratación para tal efecto.
Si no fuera posible efectuar la devolución por responsabilidad exclusiva del ARRENDATARIO, éste será responsable del pago de una nueva tasa de transporte por la programación de una nueva fecha de devolución y de una multa de 10 (diez) euros por cada nueva fecha de reprogramación.
En caso de que la(s) maleta(s) sea(n) devuelta(s) con suciedad, manchas u olores, el ARRENDATARIO será responsable del pago de una multa equivalente al doble del valor diario debido por el alquiler contratado, a efectos de pago del servicio de limpieza.
Cada maleta objeto del presente contrato va acompañada de un candado dotado de un código secreto de apertura. El ARRENDATARIO asume la responsabilidad total del pago del importe correspondiente a la reparación de la(s) maleta(s) en caso de cambio del código que no sea comunicado inmediatamente por escrito al ARRENDADOR a través del correo electrónico de atención al cliente que figura en el sitio.
Décima Segunda Cláusula
RETARDO EN LA DEVOLUCIÓN DE LA MALETA
El ARRENDATARIO se compromete de informar al ARRENDADOR tan pronto como tenga conocimiento de un posible retraso en la devolución de la(s) maleta(s), a fin de evaluar la posibilidad de extender el periodo de alquiler de la(s) misma(s).
En caso de imposibilidad o falta de acuerdo para la extensión del plazo de alquiler, el retraso en la devolución de la(s) maleta(s) dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al doble del valor diario del alquiler realizado, por cada maleta alquilada, por cada día de retraso.
Si el retraso en la devolución de la(s) maleta(s) alquilada(s) supera los 30 (treinta) días, será debido por el ARRENDATARIO al ARRENDADOR el valor venal de la(s) maleta(s), que será cobrado en los términos del párrafo anterior.
Décima Tercera Cláusula
CANCELACIÓN DEL ALQUILER POR PARTE DEL ARRENDATARIO
El ARRENDATARIO podrá solicitar la cancelación del alquiler de la(s) maleta(s) por correo electrónico o teléfono, con un plazo de hasta 10 (diez) días de antelación respecto de la fecha solicitada para la entrega de la(s) maleta(s).
En caso de solicitar la cancelación del alquiler en los términos del párrafo anterior, el ARRENDATARIO podrá optar por una de las siguientes alternativas:
Reembolso del importe íntegro del alquiler mediante la devolución del pago efectuado por los medios utilizados para el pago del alquiler en el momento de la celebración del contrato, lo que tendrá lugar dentro del plazo estipulado por la entidad responsable del pago correspondiente. Si el pago se hubiera realizado por transferencia bancaria a la cuenta del ARRENDADOR o mediante depósito directo en dicha cuenta, el reembolso se efectuará en el plazo máximo de 30 (treinta) días; o
Emisión de un vale (voucher) con crédito por el importe del alquiler cancelado, para su utilización en el plazo máximo de 12 (doce) meses a contar de la fecha de emisión.
En caso de solicitar la cancelación del alquiler por parte del ARRENDATARIO en un plazo inferior al indicado en el párrafo primero de esta cláusula, pero de hasta 4 (cuatro) días antes de la fecha solicitada para la entrega de la(s) maleta(s) alquilada(s), el ARRENDATARIO podrá optar por una de las siguientes alternativas:
Reembolso del 50% del importe del alquiler mediante la devolución del pago efectuado por los medios utilizados para el pago del alquiler en el momento de la celebración del contrato, lo que tendrá lugar dentro del plazo estipulado por la entidad responsable del pago correspondiente. Si el pago se hubiera realizado por transferencia bancaria a la cuenta del ARRENDADOR o mediante depósito directo en dicha cuenta, el reembolso se efectuará en el plazo máximo de 30 (treinta) días; o
Emisión de un vale (voucher) con crédito por el importe del alquiler cancelado, para su utilización en el plazo máximo de 12 (doce) meses a contar de la fecha de emisión.
En caso de solicitar la cancelación del alquiler por parte del ARRENDATARIO en un plazo inferior al indicado en el párrafo anterior, el ARRENDATARIO podrá solicitar la emisión de un vale con crédito del 50% del valor del alquiler cancelado, para su utilización en el plazo máximo de 12 (doce) meses a contar de la fecha de emisión.
Décima Cuarta Cláusula
EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
La responsabilidad del ARRENDADOR por cualquier eventual fallo en la entrega de la(s) maleta(s) se limita al valor del alquiler contratado.
Se excluye cualquier responsabilidad del ARRENDADOR por la indisponibilidad de la(s) maleta(s), cambio o imposibilidad de entrega de la(s) maleta(s) en una fecha específica para la realización de cualquier viaje o transporte previsto por el ARRENDATARIO, correspondiendo a éste el deber de anticipar la contratación y solicitud de la(s) maleta(s), así como verificar su conformidad con la debida antelación.
El ARRENDADOR es totalmente ajeno a cualquier responsabilidad por el uso de la(s) maleta(s) por parte del ARRENDATARIO o de cualquier otra persona designada por éste.
Se excluye cualquier responsabilidad civil o penal del ARRENDADOR por el uso de la(s) maleta(s) objeto del presente contrato de alquiler.
Se excluye asimismo cualquier responsabilidad del ARRENDADOR por la compensación de eventuales daños causados por la(s) maleta(s) y su utilización.
Décima Quinta Cláusula
RECHAZO Y CANCELACIÓN DEL CONTRATO
El ARRENDADOR podrá rechazar o cancelar el presente contrato en cualquier momento, sin previo aviso y sin invocar motivo o justificación alguna.
En caso de incumplimiento por parte del ARRENDATARIO, el ARRENDADOR se reserva el derecho de no celebrar nuevos contratos con dicho ARRENDATARIO.
Décima Sexta Cláusula
DISPOSICIONES ILEGALES O INVÁLIDAS
Si alguna disposición del presente contrato fuera considerada ilegal o inválida, las demás disposiciones seguirán en vigor.
Décima Séptima Cláusula
LEY APLICABLE
El presente contrato se regirá por la legislación portuguesa.
Décima Octava Cláusula
RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y FUERO
Cualquier controversia o litigio relativo a la interpretación y/o ejecución del presente contrato será sometido, en primer lugar, a un intento previo de conciliación entre las partes. En ausencia de acuerdo sobre cualquier cuestión controvertida, la controversia o litigio se someterá al Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo del Vale do Ave y, no alcanzándose acuerdo, será remitido al Juzgado de la Comarca de Vila Nova de Famalicão, Portugal, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.